refrescar memoria derecho penal
Pues es la forma de contextualizar la pretensión. ¿Donde me siento? Otras consideraciones técnicas: Las reglas del comportamiento forense. A estas alturas es indiscutible el carácter normativo de la Constitución[32], y la vinculatoriedad y la obligatoriedad de las normas constitucionales para todos los poderes públicos[33]. En ella, tanto la víctima como el imputado tienen el derecho a la última intervención, siendo el imputado a quien le corresponde intervenir por último. 246 de la Constitución Política de la República del Salvador : “Los principios , derechos y obligaciones establecidos por esta constitución no pueden ser alterados pos las leyes que regulen su ejercicio. [22] BERMAN, Paul, La defensa en juicio…, 18. De igual forma: BINDER, Alberto M., Perspectivas de la reforma procesal penal en América Latina, en Justicia Penal y Estado de Derecho, Ad-Hoc s.r.l., Buenos Aires, 1993, p. 204. Además, señala FERRAJOLI que el poder judicial se configura “como un contra-poder , en el doble sentido que tiene encomendado el control de la legalidad, es decir, la validez de los actos legislativos tanto como el de los administrativos, y la tutela de los derechos fundamentales de los ciudadanos frente a las lesiones que pudieron provenir del estado. Inmediatamente después declarará cerrado el debate.” Ello es lo que se conoce doctrinariamente como ‘derecho a la última palabra’. [101] BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 83. [74] Para salvaguardar la facultad del Jurado a interrogar al testigo, perito o imputado, sobre las dudas que tenga respecto a los hechos, podría sugerirse que el Jurado redacte por escrito sus preguntas, se las pase al Juez, y antes de formularlas, en una reunión privada con las partes, el Juez deseche las preguntas inadmisibles , y distribuya las preguntas admisibles a las partes, a efecto de que éstas las formulen en un nuevo interrogatorio. El Derecho del Consumidor en el Marco del Comercio Internacional: Caso Brasil. WebEl artículo 363 del Código de Procedimiento Penal establece que la audiencia solo podrá suspenderse en dos eventos: 1. A juicio del que escribe no es aconsejable que el Juez interrogue, pues es labor de las partes convencerle sobre los hechos a partir de la información que proporcione el testigo; y porque con las preguntas por muy importantes que sean, pueden destruir lo que una de las partes ha logrado con su interrogatorio, en detrimento de la otra, sin que ello sea su labor o su rol. Construcción de las notas de apoyo de memoria. Ello debido que en el sistema adversativo acusatorio anglosajón, se requiere juramento al imputado si éste decide declarar. Ello tiene consecuencias para los intervinientes del proceso, pero sobre todo al material probatorio que se produce en el proceso, o que la doctrina conoce como mínima actividad probatoria de cargo, a fin de que pueda ser destruida dichas presunción de rango constitucional[45]. ¿Dónde me siento? [5] Se afirma que “la palabra escrita ha sido la tradición en los procesos legales y es difícil abandonar las tradiciones; lo innovador generalmente causa incertidumbre, y consecuentemente rechazo hasta que se comprueba que produce frutos (…)”, en QUESADA PACHECO, Jorge Arturo, Análisis del discurso oral en el proceso penal, EUNED, San José, 1998, p. 4. ANTECEDENTES: TRANSICIÓN DE LA ESCRITURA A LA ORALIDAD. Con el sistema que hace énfasis en el proceso como forma de llegar a la verdad de los hechos, pero de una forma desentendida de la búsqueda de la verdad real, afirma que en este modelo “se colocan en la bóveda axiológica los valores de la libertad, la autonomía y la iniciativa de las partes, síguese de ahí que éstas /cada una de ellas por su lado) pelean por la victoria o por el compromiso (en el peor de os casos), pero nunca por la desinteresada investigación de la verdad. [23] De ahí que el contrainterrogatorio sea el mejor método para cuestiona la credibilidad del dicho el testigo, siendo la confrontación y el careo (art. [43] Ver: MONTAÑES PARDO, Miguel Ángel, La presunción de inocencia, Aranzadi, Madrid, 1999, p. 43 y ss. [48] FERRAJOLI resalta al menos cuatro poderes que le corresponden al juez: 1) De interpretación de las leyes o verificación jurídica, 2 ) de valoración de la prueba o verificación fáctica, 3) la connotación equitativa y 4) la disposición discrecional. [80] JAUCHEN, Eduardo M, La prueba en materia penal, Rubinzal-Culzoni Editores, Santa Fe, Argentina, 1996, p. 128. Diplomado Código Procesal Penal y litigación oral. De no presentarse el escrito, se ordenará la eliminación del testimonio de la persona testigo sobre dicho asunto. Esto último con alguna dificultad, porque el tema periférico puede ser común a todos los declarantes, particular de cada uno o combinado. Dentro de la ley 906 de 2004, no existe taxativamente la figura de las “Bases probatorias” o “fundamentos” que se deben exponer antes de pretender utilizar documentos o declaraciones, con el fin de ubicar no solo al juez sino también a los demás intervinientes. Que valor probatorio darà el juez al escrito de pasada de memoria. Definición de Impugnación de Testigos publicada por Víctor Manuel … Sin embargo, las técnicas de oralidad no se limitan al interrogatorio de los órganos de prueba, sino que también existen técnicas de oralidad que se relacionan con todo el debate[85].De ahí que se hablan de técnicas respecto a los alegatos iniciales, al interrogatorio propiamente dicho, el cual se divide en: Interrogatorio directo, el contrainterrogatorio, el interrogatorio redirecto y el contrainterrogatorio; las objeciones por vicios de forma y de fondo, y el trámite de su resolución, y finalmente, en cuanto a los alegatos finales. Así PAGANO, citado por FERRAJOLI ( Derecho y Razón, p. 608), considera que el que se requiera Juramento al imputado para declarar, constituye una “tortura espiritual”; por otra parte, el que se le exija al imputado no mentir durante su declaración puede entenderse derivado del puritanismo inglés. 87 14 [92] Evidencia explicativa es un forma de evidencia afirmativa que pretende indicar al juzgador ‘por qué’ los hechos de una misma historia sucedieron como uno afirma que fue el caso. 0000001412 00000 n [113] BERGMAN, Paul, La defensa…,p.173-183. El juez, por el contrario, debe asumir un rol pasivo, especialmente al momento del interrogatorio de los órganos de prueba, pues ello no sólo compromete su imparcialidad sin que puede afectar enormemente los logros de una de las partes durante su interrogatorio, haciendo innecesaria la actuación e intervención del otro. WebTaller: El Interrogatorio Directo y Refrescar Memoria Taller Internacional de Litigación Oral: El Interrogatorio Directo y Refrescar Memoria Modalidad Online DURACIÓN: 3 horas CONTENIDO: 1 sesión en vivo SESIÓN: Miércoles 17 de noviembre COSTO: $20 USD INSCRÍBETE PAGAR Acerca del Taller [17] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y razón …, p. 606. Preguntas sugestivas en el interrogatorio directo, que como se indicó antes, son las que incluyen la respuesta en la propia pregunta o sugieren la respuesta dentro de la misma pregunta; Preguntas argumentativas, que son las que el examinador no hace una prgunta sino que argumenta o formula una tesis determinada; Preguntas compuestas, que contienen dos o más materias a ser contestadas por el testigo; Preguntas repetitivas, que comprenden preguntas sobre hechos que ya se acreditaron; Preguntas que asumen hechos no probados, que implican una especie de capciosidad, pues parten de hechos que aún no se han probado, a fin de que el testigo, con su respuesta, dé por sentada la existencia de ese hecho que aún no se ha acreditado; Pregunta especulativa, que invitan al testigo a que presuma, imagine, especule, suponga o emita su creencia acerca de hechos que no le constan y sobre los cuáles no puede declarar con certeza; Pregunta capciosas, que son de doble sentido, tratan de confundir al testigo o inducirle a una respuesta que no interesa a los fines del proceso; Interrogatorio no responsivo, que se refieren más bien a las respuestas que proporciona el testigo o perito interrogado ( órgano de prueba), que no le han sido solicitadas o cuando relata el hecho fuera del interrogatorio a que está siendo sometido o que es permitido por la ley. Las causas o motivos de la objeción son de dos tipos: Las que se refieren a aspectos de forma y las que se refieren a aspectos sustantivos o de fondo. Declaraciones Anteriores del Testigo. Esta disyuntiva es producto de la colisión de las dos grandes tradiciones jurídicas, como son el modelo continental y el modelo anglosajón. El proceso visto como medio de solución de conflictos, busca una aceptable compaginación de intereses pretendiendo el equilibrio más satisfactorio a los intereses de las partes o al contexto social en que ha surgido el conflicto, haciendo énfasis en la eficacia pacificadora del proceso, con un rechazo a la verdad. [46] “Art. MONTERO AROCA, Juan; ORTELLS RAMÓN, M; GÓMEZ COLOMER, José Luis; Derecho Jurisdicción, Bosch Editor, 3º Edición, Barcelona, 1993, Tomo I, Parte General. Web(A) Sujeto a lo dispuesto en el inciso (C) de esta Regla, si durante su testimonio o con anterioridad al mismo, una persona testigo utilizare un escrito para refrescar su memoria … Por otra parte, quienes se postulan a favor de la posibilidad de encontrar la verdad real, sostienen su conveniencia ideológica, pues ello garantizarían decisiones justas, parten de que el hecho es necesario para la aplicación de la consecuencia jurídica consagrada en la norma (constatación fáctica del supuesto hipotético previamente), así como porque es una garantía para la aplicación de la norma penal. Abogado litigante. 14: “Corresponde únicamente al Órgano Judicial la facultad de imponer penas (…), [60] Art. [76] MARROQUÍN GALO, José Fernando, ¿Existe conflicto…, p. 7. Una vez destruida o cuestionada la credibilidad del testimonio o del testigo, la parte que la ofreció puede rehabilitarlo mediante un nuevo interrogatorio que se conoce como interrogatorio redirecto. Vaya encaminado este esfuerzo con la intención de contribuir con la experiencia salvadoreña, en la adopción de un verdadero sistema adversativo en el juicio oral, que proscriba los vicios del sistema y cultura inquisitiva. La teoría fáctica comprende las hipótesis descriptivas (Ejemplo: lugar, fecha, horas, golpiza, etc.) var _gaq = _gaq || []; _gaq.push(['_setAccount', 'UA-25837628-3']); _gaq.push(['_trackPageview']); (function() { var ga = document.createElement('script'); ga.type = 'text/javascript'; ga.async = true; ga.src = ('https:' == document.location.protocol ? Se recuerda que este interrogatorio redirecto, como señala la parte final de art. Puerto Rico debe despertar. • Evidenciar contradicción. Por otras causas, lo que deja abierta la posibilidad de tachar por otra causa no contemplada en las antes relacionadas. Juicio oral. Corroborar el testimonio impugnado mediante prueba independiente, tal como otro testigo presencial que haya sido ofrecido con anterioridad; Refrescar la memoria del testigo mediante una nota o escrito; así, el inciso cuarto del citado art. n de atacar la memoria del testigo. (1) Buena tarde le saluda el Abogado Gulliano Gussepi Silva paz, podría por favor escribirme del número de WhatsApp que se ha destinado para las coordinaciones del desarrollo del curso al 942164179, gracias. Derechos humanos, inmigrantes y protección a los animales. Cuando tienes que acreditar la declaración previa ya sea para refrescar memoria o evidenciar contradicción y son 2 o más puntos o temas ¿se tiene que acreditar la declaración en cada momento o basta una sola vez? Sobre las consideraciones metodológicas y técnicas de dicha Audiencia de Selección del Jurado, ver además: ESCUELA DE CAPACITACIÓN JUDICIAL del Consejo Nacional de la Judicatura, Prontuario No. [44] Citado por LOBET RODRÍGUEZ, Javier, Proceso penal comentado…, p. 91 y ss. La Constitución, pues, se plantea límites al ejercicio del poder penal; límites materiales, formales y genérico- valorativos[38], siendo el fundamento de tales límites los derechos fundamentales derivados de la dignidad humana, y a partir de ahí, se configuran una serie de garantías que la Constitución plantea respecto al ejercicio del ius puniendi. La suspensión en el juicio de amparo cuando se acude interés legítimo, Medidas cautelares y el viejo sistema de justicia penal. Pero frente a esta enorme actividad desplegada por las partes, a contrario sensu, el Juez debe caracterizarse por su enorme pasividad en el juicio. Doctora, puede realizarse la técnica para evidencia contradicción, sobre la base de un video o acta de transcripción de video, en el cual se ha registrado la declaración de una testigo que brinda ante los medios de comunicación? 173 y ss. E igual forma, cuando el testigo no responde, ya sea que se niegue a responder o evada la pregunta con otra respuesta. El caso del naufragio de migrantes de África subsahariana, Pakistán, Siria, Marruecos y Bangladés. a) Juicio oral y público, intervención, contradicción y defensa. 2.2. Todos los Derechos Reservados. 348.- El presidente del tribunal, después de interrogar al perito o testigo sobre su identidad personal y las circunstancias generales para valorar su testimonio, le concederá la palabra para que informe todo lo que sabe acerca del hecho propuesto como objeto de la prueba. La carga de la prueba corresponde a los acusadores.”, [42] Art. MONTAÑES PARDO, Miguel Ángel, La presunción de inocencia, Aranzadi, Madrid, 1999. Gracias. 53 CPP, los siguientes: (1) Homicidio simple o agravado; (2) Secuestro simple o agravado, (3) Hurto, robo o extorsión; (4) Defraudaciones; (5) Delitos relativos al honor y la intimidad; (6) Delitos relativos de acción privada; (7) Delitos relativo al orden socioeconómico; (8) Delitos relativos al medio ambiente; (9) Delitos previstos a la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas; (10) Delitos a la fe pública; (11) Delitos menos graves; (12) Delitos sancionados sólo con pena no privativa de libertad; y, (13) Delitos conexos con los señalados en los números anteriores. WebCódigo Penal. Antecedentes: Transición de la escritura a la oralidad. WebEn tal sentido, se podría agregar que las objeciones en el proceso penal acusatorio y oral se formulan con la intención de destacar lo siguiente: – La falta de capacidad del testigo – La falta de pertinencia del testigo o de su dicho – La falta de capacidad del interrogador – Que el perito no está calificado – Refrescar memoria [53] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón…, p. 582-583. Nuestra hipótesis de trabajo será esta última, es decir, la que sustenta que la cultura inquisitiva[1] sigue pesando en el actuar diario de nuestros tribunales de justicia, situación a la que coadyuva la persistencia en el nuevo Código Procesal Penal de algunos principios del sistema anterior, como es el caso, por ejemplo, del art. [14] Sobre las distintas posiciones acerca de la importancia y posibilidad de encontrar la ‘verdad real’ en el proceso penal, IGARTÚA SLAVERRÍA distingue tres grandes tendencias o posturas: La primera, que sostiene que la verdad es indiferente e irrelevante para los fines del proceso, dentro de las que se destacan las concepciones retóricas, que hacen énfasis en la persuasión y que atiende a criterios de conveniencia y eficacia; y las concepciones narrativas, que centran su atención a criterios semióticos o del lenguaje. 9 de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano. 14-feb-97), etc. 2.1. • Superar la contradicción. 2, PRJ, San Salvador, 1992. De ahí, que frente a ese sistema que privilegia la búsqueda de la verdad real a cualquier costo o a costos sumamente gravosos contra la dignidad humana como lo supuso el inquisitivo, se hayan levantado barreras y garantías para proteger a la persona sometida al proceso; siendo la abstención total o parcial y la declaración sin que se requiera juramento o promesa, algunas de estas manifestaciones (el art. Las razones por las cuales el legislador salvadoreño decidió adoptar las técnicas de interrogatorio en el proceso penal, partieron principalmente del rol y característica que la Constitución les asigna y configura, reflejo del proceso penal liberal, a los distintos intervinientes del proceso penal; pero, además, en adecuación de la legislación secundaria a la normativa internacional de Derechos Humanos, apoyándose en la doctrina y legislación comparada. El cuarto, que trata sobre las técnicas de oralidad el proceso, con especial énfasis en las técnicas de interrogatorio adoptadas en el art. Aspectos Constitucionales del Derecho a la Privacidad e intimidad. Por la apelación que se presente contra el auto que decida sobre las pruebas. [123] GOLDBERG,STEVEN H., Mi primer juicio oral…, p. 15. [85] De igual forma, hay reglas de comportamiento forense, que han de ser respetadas, como son la reverencia al juez, el control del lenguaje no verbalizado (demeanor) y la conversación triangular por las partes, de dirigir el debate hacia el juez. <]>> 348 CPP, presentaba además un escollo insalvable con la prohibición de las preguntas sugestivas, que son el principal instrumento del contrainterrogador. Sin embargo, para el que escribe, lo ideal es que el Jurado no pregunte, se limite a percibir y valorar los elementos de prueba producidos a través del interrogatorio de las partes, y si tiene dudas respecto de los hechos o circunstancias, aplique el in dubio pro reo. Para ello es necesario que se respete la defensa material y técnica del imputado, Y no sólo el hecho que no siempre se puede probar ‘lo que realmente sucedió’, por la dificultad e imposibilidad de hacerlo, sino que una limitante importante es que las recreaciones verbales provienen de seres humanos cuyos poderes falibles de observación y memoria han sido bien documentados, Por la razón, algunos autores sugieren que las técnicas adversativas oscurecen todavía más de la realidad, pues puede afirmarse que cuando los abogados escogen los hechos a demostrar y preparan a los testigos, y desarrollan un interrogatorio en determinado sentido, se “engaña al juez” acerca de lo que realmente sucedió, Pero como la realidad objetiva es indemostrable, la mejor forma de ayudar al juez a comprender lo que sucedió realmente es el uso de dichas técnicas del sistema adversativo, Por ello, la “verdad real” en el proceso penal, en términos de FERRAJOLI, es una verdad limitada, aproximativa, probabilística y normativa, Tal ejercicio del poder implica un desequilibrio frente al ciudadano investigado, imputado y acusado, por lo que el ordenamiento jurídico ha investigado a la persona humana d ciertas garantía que le aseguren el goce de sus derechos fundamentales, Dado que la Constitución configura al proceso e un modelo triádico, La inviolabilidad de la defensa tiene una doble repercusión: La defensa material y la defensa técnica, Tratándose del principio de Verdad Real, con el procedimiento abreviado, la “verdad” ya no depende de una reconstrucción mediante la prueba, sino que tal verdad queda al consentimiento de las partes (Fiscalía, Imputado y Defensa) semejante al plea beargining norteamericano, A estas alturas es indiscutible el carácter normativo de la Constitución, De tal forma que las normas constitucionales son producto de un consenso democrático, y dentro del Constitucionalismo contemporáneo, se parte de la idea de que “Toda sociedad en la cual no esté asegurada la garantía de los derechos y determinada la separación de poderes, carece la Constitución”, La Constitución, pues, se plantea límites al ejercicio del poder penal; límites materiales, formales y genérico- valorativos, Consagrado en el art. Por lo anterior cobra relevancia por el principio de inmediación y para efecto de las objeciones el de contradicción el desahogo de un testimonio mediante un interrogatorio, es decir el abogado debe tener la habilidad suficiente para realizar una serie de preguntas que le permitan acreditar su teoría del caso ante el órgano jurisdiccional. Se denomina testigo a la persona que conoce un hecho materia de investigación dentro de un proceso judicial, quien debe brindar su declaración en forma escrita o mediante la práctica del interrogatorio. Solicitan aplicar criterio jurídico favorable para rebaja de pena por allanamiento, Presentarán proyecto para descongestionar las cárceles. Sus normas están recogidas en el código penal. “Sugerir” tiene dos acepciones principales: (1) “hacer entrar en el ánimo una idea o cuestión”, (2) “dominar la voluntad de una persona llevándola a decir o hacer lo que no quiere”. 348 CPP salvadoreño[2], que retoma las técnicas propias del sistema adversativo. 3. Es el mecanismo legal más grandioso para el descubrimiento de la verdad, y se presenta como una ‘lucha entre el abogado y el testigo’, siendo el contrainterrogatorio un ‘juego de presión’. Si aún así planteado el refrescamiento de memoria, el testigo sigue negando los hechos. 3.2. [103] La pertinencia o no de la pregunta se relaciona tanto con el tema central o medular, como con el tema periférico, como se ha indicado supra, aconsejándose que a efecto de que a la parte que interroga no le “telegrafíen el golpe”, las objeciones sobre pertinencia o impertinencia de la pregunta sean resueltas cerca del estado del juez, para que el testigo no oiga qué es lo que pretende acreditarse o desacreditarse con la pregunta objetada de impertinente; ello es lo que se denomina ‘sentar las bases’ sobre el interrogatorio que continuará a la pregunta objetada. Pero estos “Directores” del Libreto, no son “libres” en la presentación de su obra, sino que están sujetos a las regulaciones, prohibiciones y restricciones del “dueño del teatro”, quien es un última instancia quien decide qué se puede presentar en su teatro y qué no; siendo quien desempeña ese rol el Juez, quien decide qué pruebas, elementos de prueba al proceso, son permisibles; y decide qué y cómo no pueden introducirse tales elementos de prueba al proceso, mediante las objeciones o disputas evidenciarias. 225 Cedar Street, San Diego, CA 92101 – USA. El testimonio debe ser imparcial declarando de forma clara la verdad del hecho que percibió por medio de los órganos de los sentidos. WebEl refrescamiento de memoria es el proceso de la lectura periódica de información de un área de la memoria de computadora, e inmediatamente reescribir la información leída en la misma área sin modificaciones. Fundamentos de Derecho Internacional de Derechos Humanos. No. MAIER, Julio B.J., Derecho Procesal Penal, Tomo I, Editores del Puerto s.r.l., 2º Edición, Buenos Aires, 1996. Para ello, las partes deben preparar bien al menor y explicarle lo que ahí va a suceder, y eso sí, el juez debe ejercer u mayor control sobre el interrogatorio de las partes, para evitar que se afecte la deposición del menor. Se sirve de los documentos en donde el testigo sentó su … WebUniversidad Autónoma de Barcelona – Unidad Autónoma Metropolitana; Maestría en Derecho (Orientación penal) por la UNAM en coordinación con el Tribunal Superior de … El presidente del tribunal podrá autorizar al perito o testigo que consulte documentos, notas escritas o publicaciones, cuando por la naturaleza de la pregunta tal consulta fuere necesaria, sin que por este solo hecho, tales documentos puedan incorporarse como prueba a la vista pública. Entre ellas se menciona la forma de elaboración de las preguntas, a fin de evitar la sugestividad, como es el hecho que se inicien a partir de las siguientes preguntas: ¿Qué?, ¿Quién?, ¿Cómo?, ¿Cuándo?, ¿Dónde? Fundamentos de la relación … WebLA PRUEBA DOCUMENTAL EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO RECOPILACIÓN Y PRESENTACIÓN EN JUICIO1 Presentado Por: Edilma López Salamanca2 María Orfa … Por ello, tal facultad de interrogar al testigo debe hacerse, como señala la reforma a dicha disposición al enunciar: “El presidente y los otros miembros del tribunal, podrán interrogar al perito o testigo, pero con las limitaciones que el deber de imparcialidad les impone” [72]. trailer Por otro lado, aunque se tache al testigo, el juez no podrá rechazar dicho testimonio, ya que solo se impugna para que el funcionario administrador de justicia, analice bajo las reglas de la sana critica la imparcialidad de este, por ende, el medio de prueba debe ser valorado con mayor rigurosidad, y de esa forma podrá fallar en derecho, como lo indica la Corte Constitucional en su Sentencia C-790/06 así: «Por cuanto si bien la sola circunstancia de que los testigos sean parientes de una de las partes, no conduce necesariamente a deducir que ellos inmediatamente falten a la verdad, la razón y la crítica del testimonio aconsejan que se le aprecie con mayor severidad, que al valorarla se someta a un tamiz más denso de aquel por el que deben pasar las declaraciones libres de sospecha». [77] MARROQUÍN GALO, José Fernando, ¿Existe conflicto…, p. 8. [73] Con relación al tema central y al tema periférico, en la Resolución 2000-735, pronunciada por el Tribunal de Casación Penal de Costa Rica, integrado por los jueces DALL’ANESE, LLOBET Y OBANDO, el 25 de setiembre de 2000, en el recurso de Casación interpuesto en el caso Costa Rica contra Arce Arista, el Tribunal señala” (i) Todo acontecimiento de la vida tiene un tema central y un tema periférico, uno es el principal y el otro es el que rodea la situación. Las partes podrán interponer la revocatoria de las decisiones del presidente del tribunal que limiten el interrogatorio u objetar las preguntas que se formulen. ¿Procede en la justicia penal militar la aplicación de subrogados penales y mecanismos sustitutivos? BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 26. Pasividad del juez. Fundamentos de derecho internacional de los derechos humanos. En el modelo adversativo-acusatorio se abandona la figura de la declaración indagatoria, nacida en el seno del sistema inquisitivo, así como algunos de los derechos, garantías y privilegios surgidos como barreras frente al inquisidor; teniendo en común muchos derechos fundamentales, pero en el caso específico se establece que si el imputado renuncia a su silencio, debe declarar bajo juramento y lo que diga puede ser usado en su contra. Explican la infracción al deber de cuidado y creación de riesgo desaprobado, Conozca sobre la improcedencia del principio de confianza cuando hay deber de vigilancia. Al interponer una objeción a la prueba, se puede concluir que la prueba en cuanto a su ofrecimiento y oposición es función de los adversarios; y la adjudicación o resolución en cuanto a la admisibilidad sobre ésta, le corresponde al tribunal. Pueblo kichwa le gana una batalla a Perúpetro, Minem y Repsol y pide que Sala Civil confirme sentencia fundada de Juzgado Mixto de Lamas San Martín. Como también se le ha denominado “sentar las bases probatorias antes de incorporar un Elemento Material Probatorio en Audiencia de Juicio Oral propiamente” en el sistema procedimental actual de tendencia acusatoria. Fundamentos de la relación procesal penal. 9 de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano[40], la presunción de inocencia se ha mantenido y adoptado en la generalidad de ordenamientos jurídicos tanto en el ámbito jurídico interno[41] como en el internacional[42]. 7) Solicitar al testigo el texto de la declaración previa (para evitar que “lea” su testimonio). 353 CPP, señala: “Por último, si está presente la víctima y desea declarar, se le concederá la palabra. Webderecho a la confrontación (iii) se utiliza para demostrar la verdad de lo aseverado; esto es, como medio de prueba y no como tema de prueba activándose de esta manera el derecho del acusado a controvertir y confrontar las pruebas de cargo, así como a intervenir en su formación, lo que se imposibilita precisamente por III.-Conclusiones. [88] BERGMAM, Paul, La defensa en juicio…, p. 133-243. fI.-. Sistema Penal Acusatorio. Descripción: ... refresque memoria o evidencia contradicción. Originalmente se pretendió con este postulado: 1) evitar que la parte que no supiera leer ni escribir resultara perjudicada, 2) conceder a las partes la oportunidad de discutir y rebatir verbalmente todo aquello que se relacione con el litigio ante el tribunal competente, 3) acelerar el curso del proceso y 4) otorgar a la opinión pública la oportunidad de controlar la actividad de los tribunales de justicia (en este sentido es el principio de publicidad hermano de la oralidad)”, RIVERO SÁNCHEZ, Juan Marco, en Proceso democracia y humanización, en Nuevo proceso penal y constitución, IJSA, 1ª Edición, San José, 1998, p. 78. Planificación: Se debe prever la objeción con anticipación, tanto a partir de la información que se espera del testigo como de la forma de interrogatorio del examinador; no se debe esperar que surja el incidente para preparar la estrategia; Asegurarse que el tribunal emita una resolución específica: En vista de que algunas ocasiones el tribunal no adjudica en forma clara y específica una objeción, se debe hacer una firme pero respetuoso al solicitar su resolución o aclaración; Esperar la resolución del tribunal: Tanto para efecto de continuar el interrogatorio o plantear recursos, se debe esperar la decisión del tribunal; si éste no resuelve, se debe solicitar al tribunal que resuelva, cayendo la iniciativa en la parte que objeta; Realizar ciertas objeciones fuera del alcance del jurado: En nuestro sistema constitucional se prevé el tribunal del jurado, Decisión de objetar: No es aconsejable objetar en toda ocasión posible, sino que se aconseja que se objete únicamente cuando exista una buena razón. Cuando el acusado decide declarar en juicio. Se dice novedosas, porque a pesar de que el Código Procesal Penal de 1974 introdujo ya una forma de oralidad en algunos procedimientos (faltas, tránsito y Tribunal de Jurado), en la práctica, la influencia de la escrituración[5], el secreto, la delegación y otros vicios propios del sistema inquisitivo, dieron lugar a la desaplicación de lo previsto por el legislador de 1974. Derecho a la Seguridad Social de migrantes en situación irregular; Derechos Humanos y Democracia; Juicio de Amparo y Nuevo Sistema de Justicia Penal: … 348 CPP[84], adecuándolo al sistema adversativo propiamente dicho, y garantizado la imparcialidad del juez durante el interrogatorio del testigo o perito. Sin embargo, para efectos de uniformar la admisibilidad de los elementos de prueba (y no sólo de los medios, como lo regula el Código Procesal Penal), se hace necesario la adopción de Reglas de Evidencia semejantes, para tratamientos desiguales en la práctica diaria en los tribunales, respecto a la admisibilidad de los elementos de prueba. Sin embargo, las técnicas de interrogatorio propi 1415. Password. [70] MARROQUÍN GALO, José Fernando, ¿Existe conflicto…, p.4. No deben confundirse una y la otra cosa. Sistema penal acusatorio. 2.1. 185 y 149 Cn.). 46-2009, aprobada el 30 de julio de 2009. imitar su actividad a la función decisora de las pretensiones en conflicto y a ser un contralor de garantías, al momento del debate, a fin de que lleve a cabo un proceso con plena igualdad de armas y oportunidades, e impidiendo los excesos de uno sobre otro. BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…,p. 198- 199. II: “Corresponde al Procurador General de la República: 2º Dar asistencia legal a las personas de escasos recursos económicos, y representarlas judicialmente en la defensa de su libertad individual (…)”. 312b); (b) el servidor público tiene … 3: Vista Pública. Tel: (601)4255255 Ext. De tal forma que las normas constitucionales son producto de un consenso democrático, y dentro del Constitucionalismo contemporáneo, se parte de la idea de que “Toda sociedad en la cual no esté asegurada la garantía de los derechos y determinada la separación de poderes, carece la Constitución”[36]. 2.2. [104] La repetitividad de las preguntas ha de referirse a temas ya agotados en el interrogatorio, y no debe confundirse con el examen que hace la contraparte en el interrogatorio, en el que ha de permitirse que interrogue sobre tales puntos o extremos acreditados en le interrogatorio directo, hasta que hayan sido suficientemente examinados, ya a juicio del juez al resolver la objeción por repetitividad como se verá más adelante. Más bien, el “ser oída” implica la oportunidad de intervenir, oponerse a os alegatos y pruebas en su contra, alegar y ofrecer prueba, entendiéndose pues, el “derecho de audiencia y defensa” en su expresión más amplia. Código de Procedimiento Penal Chile. 14.2.e PIDCP señala el derecho de la persona “A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que estos sean interrogados en las mismas condiciones que os testigos de cargo”; en tal sentido, este derecho es más amplio, pues reconoce el derecho del imputado a interrogar él directamente a los testigos de cargo, aún cuando no fuere persona letrada o autorizada para ejercer la defensa. [119] Como se ha indicado supra, la pertinencia o impertinencia del interrogatorio con el objeto de prueba, debe serse cuidadoso a efecto del que el interrogador pueda explorar y examinar los temas centrales y periféricos del hecho. También ha sido profesor y conferencista invitado sobre estos temas en otros países latinoamericanos como Colombia, Chile, Argentina, Perú, Ecuador y Guatemala, entre otros. El relato y otras distorsiones a sistema adversativo. Incluso las pruebas del tipo de los documentos y las fotografías no son más que fragmentos de la realidad, y su valor probatorio, a menudo, depende de las descripciones verbales.[20]. Webuna tÉcnica de litigaciÓn oral penal, consiste en el refrescamiento de memoria, figura que se encuentra contemplada en el art. Los testigos podrán reconocer personas u objetos durante la audiencia.”. ¿Dónde me siento? Importante, pues como fundamento de la legitimidad democrática de la función judicial, se afirma que “las sentencias penales son los únicos actos jurídicos cuya validez depende de su verdad”[11], y sobre todo porque se afirma: el juicio[12]. 1) Fundamentar la falta de memoria del testigo sobre un hecho. La respuesta en el redirecto puede tomar la forma de explicación o calificación de los hechos, o aspectos sustantivos solicitados en el contrainterrogatorio. Es de reconocer, por otra parte, que inicialmente, con la adopción del Código Procesal Penal, el referido art. [21] En contra de este sistema adversativo, sobre todo por la forma de llegar a la “verdad”, se postula abiertamente IGARTÚA SALAVERRÍA, al referirse a los dos modelos de fines del proceso, ya sea que con él se declare la verdad de los hechos, o que el proceso sea un medio de solución de conflictos. WebRefrescar memoria y Superar contradicción De Derecho Penal y algo más 17.3K subscribers 1K 25K views 3 years ago Conoce la técnica de litigación de C.A.C.A. Juan-julio 2015, me chocaron el vehículo el la puerta del pasajero, la…, Esto del seguro compulsorio es una verguenza. 4.1. El sistema adversativo propio del modelo acusatorio, exige un nuevo rol a los intervinientes en el proceso penal, que se caracteriza por la actividad de las partes y por la pasividad del juez. 15:00 hrs. La Constitución prevalecerá sobre todas las leyes y reglamentos. De la misma manera, no es aconsejable que el Jurado o los miembros del Tribunal del jurado, interroguen al testigo, perito o al imputado (art.372 inc.2º CPP), pues no sólo pueden infringir su deber de imparcialidad al generar los mismos efectos destructivos a la estrategia de las partes, sino que acarrea un problema para éstas, en tanto que no les convendrá objetar las preguntas que el Jurado (o el Juez en su caso) hagan, pues en última instancia, son quienes decidirán el litigio[74]. WebPresentación PDF de interrogatorio y contrainterrogatorio utilizada para los cursos impartidos por el Dr. Erik Rauda [24] FERRAJOLI señala la diferencia de llegar a la verdad real en los sistemas inquisitivo y acusatorio: Mientras que el inquisitivo, la investigación y búsqueda d prueba era libre (permitiéndose el tormento y cualquier forma que fuese útil para llegar descubrir la verdad real), su valoración estaba limitada por la ley (prueba tasada). Procedimiento de impugnación de credibilidad, para cada una de las vías seleccionadas, Estructuración de las líneas de contrainterrogatorio, 3. Haz clic en uno de nuestros representantes para recibir asistencia. BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p.26. Por otro lado, hay que tener … Como puede advertirse del texto del art. Vías específicas de impugnación (idoneidad, composición de la premisa objeto de análisis, selección o aplicación del método, formulación de las conclusiones y el grado probabilístico de fiabilidad). × Close Log In. In memoriam: Vaya este trabajo en honor y memoria de la Dra. WebMany translated example sentences containing "refrescar memoria" – English-Spanish dictionary and search engine for English translations. a> “Debiendo todo hombre presumirse inocente mientras no sea declarado culpable, si se juzga indispensable arrestarlo todo rigor innecesario para apoderarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley”, en LLOBET RODRÍGUEZ, Javier, Proceso penal comentado…, p. 92. excelente apunte, es muy orientativo, en especial, lo atinente a lo de la prueba sustantiva de la declaración, cuando el testigo no se acuerda del contenido de la declaracion. y ¿Por qué?, y además, a efecto de identificar una pregunta sugestiva e impedir una posible objeción de la parte contraria, no utilizar el ‘verbo’ o ‘acción’ realizada por la persona interrogada o de los hechos que narra en su testimonio, como núcleo o centro de la pregunta: Por ejemplo, será sugestiva la pregunta: ¿ Vio Usted tal cosa?. Sobre el interrogatorio directo existe una extensa gama de consejos prácticos a fin de poder dominar tal técnica, que excede los objetivos de este trabajo. 285, 286, 287, 290, 291 CPP de Costa Rica. Webderecho penal internacional, en Pesadilla de la sociedad de la informa-ción: los delitos informáticos de Israel Trujillo Márquez, el autor nos sitúa en el contexto de un mundo global en el que el uso de los medios electrónicos da lugar a que se realicen conductas delictivas antes no contempladas en los ordenamientos penales, de tal manera [49] Art. 341, del 23 de octubre de 1998. 0000001063 00000 n 52.- Corresponderá al tribunal del jurado el juzgamiento, en vista pública de todos los delitos, salvo aquellos en que sea competente el tribunal de sentencia”. Para ingresar a nuestra memoria cualquier percepción o experiencia son indispensables diversos hechos: Fijación.- Es la aprehensión de una parte de las excitaciones sensoriales y su impresión en el sistema nervioso para formar los engramas. Así lo informó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia luego del análisis del artículo 393 del Código de Procedimiento Penal, según el cual la finalidad del contrainterrogatorio en el sistema penal acusatorio es refutar en todo o en parte lo que el testigo ha contestado. Sin embargo, como se ha dicho antes, se afirma que tales principios de la relación procesal penal se encuentra devaluados, sobre todo con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal de 1998; pese a ello, tales principios no dejan de tener valor, aunque sean ahora relativos. Dentro de los métodos de interrogatorio se encuentran la estrategia del cronológico y de primacía, impacto y novedad que las partes pueden utilizar como estrategia durante el interrogatorio directo, persuadir al juez. La Constitución de la República establece la presunción de inocencia (art. Pertinente, es decir que la objeción se debe relacionar directamente sobre la pregunta que se formula o sobre el elemento de prueba que se pretende introducir con la respuesta del testigo. ), y la teoría jurídica, que es el conjunto de implicaciones y explicaciones jurídicas, que se desprenden de la teoría fáctica, de la que es subsidiaria. La defensa penal y la oralidad, 2ª Edición, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1989, p. 17. Control del testigo hostil; 6. [18] BERGMAN, Paul, La defensa en juicio. Remember me on this computer. Originalmente se basaba en la necesidad de la sociedad por protegerse de actos vandálicos y demás elementos de sometimiento individual. [4] Como son los criterios de oportunidad, el procedimiento abreviado -plea beargining y guilty plea- y específicamente en el caso salvadoreño, existen añejas instituciones de raigambre norteamericana como son el tribunal de Jurado (art. Ello, con todas las manifestaciones ante mencionadas. CAFFERATA NORES, José I., La prueba en el proceso penal, Depalma, Buenos Aires, 1998, pp. [89] Evidencia afirmativa se refiere a hechos que tienden a demostrar la exactitud de una proposición fáctica, de una afirmación; por lo general le corresponde acreditar tal hecho mediante la prueba, a quien afirma un hecho determinado. [93] Evidencia emocional es una forma de evidencia afirmativa o de refutación que apela tanto al corazón como a la mente del juzgador. La memoria jurídica es la base fundamental ineludible de la reconciliación y la paz de una sociedad, luego de que hayan ocurrido atrocidades. dición, Heliasta, Buenos Aires, 1994, p.147 y ss. ¿Debe la defensa hacer alegaciones de apertura? Excepcionalmente, el juez debe asumir un rol protagónico, pero limitado a controlar la actividad de las partes, especialmente en cuanto a la forma y contenido de las preguntas hechas al perito y al testigo, lo que implica la introducción de elementos de prueba con la posible respuesta del testigo, por lo que el control recae en la admisibilidad o no a la respuesta esperada, a partir de la pregunta realizada por la parte que interroga, siendo éste el incidente del trámite de objeciones, que puede suscitarse en cualquier del interrogatorio. [118] Aunque no están regladas en ley, en la práctica se han utilizado y seguido las “Reglas de evidencia” de Puerto Rico, así como la clasificación doctrinaria que se hace de las mismas, atendiendo el Juez los criterios de razonabilidad. Concepto, componentes y características de la teoría del caso, Ya tengo el caso, ¿ahora qué? Sistema elecciones ordinarias frente a usos y costumbres indígenas. En concreto, en los juicios de faltas y tránsito, el juicio ‘in voce’ fue prácticamente inexistente; mientras que la Vista oral del Jurado estaba diseñada para que la prueba en general se introdujera mediante lectura de la minuta y actas, y aún las deposiciones de peritos y testigos eran incorporadas por su lectura. 348 CPP, ahora reformado, decía; “El presidente del tribunal, después de interrogar al perito o testigo sobre su identidad personal y la circunstancias generales para valorar su testimonio (…)”. [122] En este punto, es importante recordar el cuidado que deben tener tanto el juez como las partes, especialmente en caso de Jurado, sobre el uso de las falacias en los razonamientos, que constituyen ‘ideas equivocadas’ Las declaraciones que se obtengan sin la voluntad de la persona carecen de valor, quien así las obtuviere y empleare incurrirá en responsabilidad penal”. Tanto el CADH como el PIDCP hacen énfasis en que es derecho de la persona sometida a un proceso penal, “ser oída”, agregando el PIDCP “públicamente”. Sin embargo, considero aconsejable que sean las partes quienes interroguen al menor, dada la idea del sistema adversativo y acusatorio que conllevaba el espíritu de la reforma. WebEl refrescamiento de memoria es el proceso de la lectura periódica de información de un área de la memoria de computadora, e inmediatamente reescribir la información leída en … (hora de España).Sábados , de 15:00 a 18:00 hrs. De ahí, que frente a ese sistema que privilegia la búsqueda de la verdad real a cualquier costo o a costos sumamente gravosos contra la dignidad humana como lo supuso el inquisitivo, se hayan levantado barreras y garantías para proteger a la persona sometida al proceso; siendo la abstención total o parcial y la declaración sin que se requiera juramento o promesa, algunas de estas manifestaciones (el art. Presupuestos básicos para un control constitucional efectivo en materia de tratados internacionales y reformas constitucionales, Reflexiones sobre la obstrucción legal a las candidaturas independientes en México. 0000002708 00000 n Guardar mi nombre, correo electrónico y sitio web en este navegador para la próxima vez que haga un comentario. Fernando Alberto Castro). %%EOF abril 29, 2015. [63] La jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, tuvo un enorme protagonismo a fin de adecuar la anacrónica legislación, a las nuevas exigencias del marco normativo constitucional, en supuestos tales como a la excepcionalidad de la detención provisional como medida cautelar ( HC 9-V-94 8:50 hrs. Garantías Constitucionales del proceso penal. Como medios de rehabilitación tanto del testimonio como del testigo, tenemos: Finalmente, el recontrainterrogatorio, también comprendido en el inciso primero del art. Impugnación de Testigos en el Contexto de la Gestión Pública y las Ciencias Políticas. Podríamos afirmar que la publicidad va relacionada estrechamente con la oralidad[56], aunque ésta última se refiere más directamente a la inmediación de la prueba, difícilmente puede concebirse un juicio público que sea escrito; es decir que la oralidad viene siendo una consecuencia directa de la publicidad del juicio, esto es, del debate en el que se garantiza la intervención del imputado, pro sobre todo, con la posibilidad de “interrogar” o “hacer interrogar” a los testigos de cargo en su contra. El dr. Nakasaki y el dr. San Martin no realizarán ninguna ponencia? Los propósitos ofensivos del contrainterrogatorio, son: Hacer que la declaración del testigo contribuya favorablemente al caso del examinador; sentar las bases para la admisibilidad de hechos que se pretende acreditar con otra prueba; o apoyar con las respuestas del testigo, la argumentación final. [91] Evidencia de credibilidad, la que establece hechos que afectan favorable o desfavorablemente la verosimilitud y el carácter más o menos fidedigno de los relatos. SUSCRÍBETE Y CONTINÚA LA EXPERIENCIA LEGIS, Actualizado hace 10 minutos | ISSN: 2805-6396, Utilización de una declaración anterior para refrescar memoria del testigo no puede condicionarse por las partes (3:53 p.m.), Estos son los inscritos para las vacantes dentro de la Corte Suprema de Justicia, Contener una relación normativa no le quita a una obra el carácter de originalidad para ser protegida, Suspensión de términos por cuenta del paro judicial no siempre es atribuible a la administración de justicia. or reset password. La ley del más débil, Trotta, Madrid, 1999. Se hace necesario analizar si tales garantías le dan derecho al imputado a mentir durante su declaración o a declarar en el juicio sin responsabilidad alguna; gozando de un trato privilegiado, aún después de haber decidido renunciar a su derecho al silencio. [40] Oficina principal y notificaciones: En tal punto, es de recordar lo que se ha afirmado supra sobre el problema de la verdad real, a quien de corresponde acreditarla y cual es la función del juez respecto de dicha actividad: Valorar las pruebas. En el plano práctico, desde su posición de socio de la firma Abushihab & Fajardo, se ha desempeñado exitosamente como defensor en múltiples y variados procesos penales en el marco del sistema adversarial, donde ha implementado con más de un centenar de testigos las distintas técnicas que con posterioridad ha plasmado en sus obras “Manual de Contrainterrogatorio”, “Formulación de preguntas y control del testigo hostil”, entre otras. Ya se ha aclarado por qué es necesario e conveniente que el testigo o perito no relate su versión acerca de los hechos, sino que la información que aporte sea producto del interrogatorio realizado tanto por la parte que lo ha ofrecido, como por la contraparte. Con las dos afirmaciones solo pretendemos establecer el punto que la naturaleza del proceso penal es precisamente hacer valer el ius puniendi ahora constitucionalmente con fines técnicos específicos como son el esclarecimiento de los hechos, procurar que el culpable no quede impune, la protección del inocente y la reparación del daño y, con conceptos propios o pertenecientes a la teoría del general del proceso. La defensa penal y la oralidad, 2º Edición, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1989. MEMORIA DE UNA CONFERENCIA “MEMORIAS DE LA GUERRA CIVIL” Nombre Grado RETÓRICA Yo asistí el viernes 27 de octubre del año 2017, a las diez y media de la mañana, a una conferencia en el auditorio Joan Fuster de la facultad de geografía e historia de la Universidad de Valencia. De igual forma, se hace necesario destacar la importancia de las reglas de comportamiento forense, como son la reverencia al juez, el control del lenguaje no verbalizado (demeanor) y la conversación trinagular por las partes, pues ello legitima y se le da credibilidad tanto a la función judicial como al sistema Administración de Justicia. ¿Usted o Un Ser Querido Fue Víctima de Negligencia Medica en Puerto Rico? En efecto, ningún consejo -ni el de la mayoría, ni el del imputado- puede valer como cierto de forma de prueba. Dicha redacción presentaba la dificultad de que fuese el juez quien interrogara al testigo sobre las circunstancias para acreditar o no la veracidad o mendacidad del testigo[67], con lo que violentaba, por un lado, su deber de imparcialidad; y por otro, despojaba a las partes de dicho rol, pues son ellas quienes a través del contrainterrogatorio y la rehabilitación, a quienes les corresponde dicha actividad. Por la razón, algunos autores sugieren que las técnicas adversativas oscurecen todavía más de la realidad, pues puede afirmarse que cuando los abogados escogen los hechos a demostrar y preparan a los testigos, y desarrollan un interrogatorio en determinado sentido, se “engaña al juez” acerca de lo que realmente sucedió[21]. De esta forma la misma pregunta restringe al testigo la posibilidad de respuesta”[80]. renovar, desempolvar. En tal tema se aconseja que las preguntas WebCuando tienes que acreditar la declaración previa ya sea para refrescar memoria o evidenciar contradicción y son 2 o más puntos o temas ¿se tiene que acreditar la … Tal interrogatorio es conocido como el “cross” o interrogatorio cruzado, pues es la contraparte de quién ofreció al testigo o perito quien lo contrainterroga. Por el contrario, el juez debe ser ahora, un sujeto imparcial, pues no es titular de pretensión alguna, tal como se desarrollará más adelante, y la verdad ha de surgir de la confrontación, la contradicción, el debate, propio del sistema democrático y republicano. Y la inaplicabilidad de leyes por parte de los jueces por ser contrarias a la Constitución, forma de control difuso de constitucionalidad (art. Año académico. II.- Las objeciones. [47] “Una relación triangular entre tres sujetos, dos de los cuales son partes de la causa, y el tercero super-partes: El acusador, el defensor y el juez”, FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón., p. 581. IGARTÚA SALAVERRÍA, Juan, Valoración de la prueba, motivación y control en el proceso penal, Tirant lo blanch, Valencia, 1995, p. 19-29. el uso de documentos y escritos en la audiencia de juicio oral, Alejandro Decastro González. 348 CPP, regula este tipo de interrogatorio al plasmar “(…) La parte lo que sometió al primer interrogatorio, podrá interrogatorio, podrá interrogarlo nuevamente, después del contrainterrogatorio;(…)”. Como características de la objeción tenemos que es un medio de defensa para impedir la admisión de cierto elemento de prueba que sea lesivo a las garantías del imputado o que pretenda ingresar en forma viciada. Cuando el testigo sólo usa el escrito para refrescar memoria, se admite su testimonio basado en el recuerdo revivido; cuando se admite el escrito mismo, el testigo no puede recordar los hechos ni siquiera con la ayuda del escrito aunque da fe de que los mismos ocurrieron como son relatados en el escrito.”. de un testigo; analizando la ubicación del testigo respecto al sitio del hecho distancia, oportunidad de observar, manera de observación, tiempo transcurrido a fi Esa caracterización de los nuevos roles (actividad de las partes y pasividad del juez) tiene su manifestación en la fase plenaria del proceso, la fase de contradicción o juicio, y que ha sido tomada por el legislador salvadoreño en su art. [58] Aunque jurídicamente sea posible y permisible que el imputado pueda contrainterrogar a los testigos de cargo en su contra, técnicamente no es recomendable; pues el dominio de las técnicas de interrogatorio requiere de un conocimiento especializado que el imputado no tiene; por ello es aconsejable que “haga interrogar” al testigo, por medio de su abogado defensor, sobre los puntos que él quiere cuestionar en su defensa. Y otros aspectos procesales y dogmático penales en la Sentencia de Incostitucionalidad de la Ley transitoria de emergencia contra la delincuencia y el crimen organizado (I 15-96 Ac. Art. b) El uso del ‘relato’ por parte del testigo o perito. A partir de tales nociones, la idea de la prohibición a las preguntas sugestivas tiene por objeto impedir que la información de donde surgirán los elementos de convicción sea ‘inspiración’ de las parte, lo que vuelve nugatoria la posibilidad de llegar a la reconstrucción conceptual del hecho, pues sólo se obtendría información parcializada, coherente con la pretensión de la parte que interroga en el proceso, afectándose el principio de ‘verdad material o real’ cuando estamos en presencia de un interrogatorio destinado a obtener información primaria o novedosa, que todavía no ha sido extraída ni incorporada en el juicio[81]. Por ello, dentro del esquema garantista, es necesario que el proceso sea un proceso de verificación como parte de la epistemología acusatoria o falsacionista, sujeta a prueba (modus ponens) y a refutación (modus tollens), es decir, al contradictorio. Ello motivó un estudio y reflexión sobre la configuración constitucional del proceso y los nuevos roles que debían asumir los intervinientes, entre los que destacaban la enorme actividad de las partes y la pasividad del juez, durante el proceso, pero en especial durante la audiencia oral. De tal suerte, pues, que le constituyente configuró un marco normativo que establecía cómo debía ser el proceso penal salvadoreño[63] y cuál era un rol de los intervinientes en el proceso penal; sin embargo, no fue sino hasta 1998 que la Asamblea Legislativa realizó la concreción legislativa con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, que desarrolla tanto las disposiciones constitucionales, dando a los intervinientes ‘nuevos roles’ frente a las actuaciones que venía realizando con el Código Procesal Penal de 1974, ahora derogado. Pero sobre todo, porque es parte de que el “control” de los poderes públicos, constituye una idea inseparable al concepto de Constitución[37]. Ok. Circunstancias que conllevan a la impugnación del testimonio. A partir de tales nociones, la idea de la prohibición a las preguntas sugestivas tiene por objeto impedir que la información de donde surgirán los elementos de convicción sea ‘inspiración’ de las parte, lo que vuelve nugatoria la posibilidad de llegar a la reconstrucción conceptual del hecho, pues sólo se obtendría información parcializada, coherente con la pretensión de la parte que interroga en el proceso, afectándose el principio de ‘verdad material o real’ cuando estamos en presencia de un interrogatorio destinado a obtener información primaria o novedosa, que todavía no ha sido extraída ni incorporada en el juicio, Pero si tal prohibición se refiere únicamente a la ‘información novedosa’, no tiene sentido que se siga manteniendo respecto de la información que ya fue incorporada al juicio por el órgano de prueba que está siendo interrogado, y es que en el sistema adversativo se hace necesario el uso del interrogatorio sugestivo en el contrainterrogatorio; ello por dos razones: (1) Porque el abogado de la parte contraria a quien ha ofrecido al testigo o perito como órgano de prueba, por lo general no goza de su empatía afinidad, no estando identificado con el examinador, 4.2.
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